AVISOS
IMPORTANTES:
CIERRE DE CONVOCATORIA EXTERNA 2024-01 AL: 15 DE JULIO DE 2024
12:00PM
CIERRE DE REGISTRO DE ELEGIBLES 2024-01 DEL 16 DE MAYO DE 2024
CIERRE REGISTRO ELEGIBLES 2023-01 - 14/SEPT/2023 - AL: 12/ABRIL/2024
12:00PM
CIERRE REGISTRO ELEGIBLES 2023-02 - 15/SEPT/2023 - AL: 12/ABRIL/2024
12:00PM
NUEVO HORARIO ORIENTACION PUBLICO PROCESOS CASP DESDE: 5/JULIO/2022
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Reciba un cordial saludo de la gran familia que compone la
Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP).
La Comisión Apelativa del Servicio Público, creada en virtud del
Plan de
Reorganización Núm. 2-2010, es un organismo cuasi-judicial en la
Rama Ejecutiva, especializado en asuntos obrero-patronales y del
principio de mérito, en el que se atienden casos laborales, de
administración de recursos humanos y de querellas, tanto para los
empleados que negocian al amparo de la
Ley Núm. 45-1998,
según enmendada, conocida como la "Ley de Relaciones del Trabajo del
Servicio Público"; como para los empleados públicos cubiertos por la
Ley Núm. 8-2017,
según enmendada, conocida como la "Ley para la Administración y
Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico"; y
los empleados municipales cubiertos por la
Ley Núm. 107-2020,
según enmendada, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico".
Además, la CASP atiende aquellos casos al amparo de la
Ley Núm.
333-2004, según enmendada, conocida como la "Carta de Derechos de
los Empleados de una Organización Laboral", así como también las
reclamaciones de empleados públicos sobre los que tiene jurisdicción
según dispuesto en la
Ley Núm. 7-2010, según enmendada, conocida como "Ley Especial
Declarando Estado de Emergencia Fiscal y Estableciendo Plan Integral de
Estabilización Fiscal para Salvar el Crédito de Puerto Rico"; la
Ley Núm. 66-2014,
según enmendada, conocida como la "Ley Especial de Sostenibilidad Fiscal
y Operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", y
la Ley Núm. 3-2017,
según enmendada, conocida como la "Ley para Atender la Crisis Económica,
Fiscal y Presupuestaria para Garantizar el Funcionamiento del Gobierno
de Puerto Rico", entre otras.
De tener alguna duda o comentario sobre este proceso
puede comunicarse con nosotros a la siguiente dirección electrónica:
casp@casp.pr.gov.
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Oficina del
Inspector General de Puerto Rico
Cualquier ciudadano puede informar
sobre irregularidades en el uso de fondos públicos o que pueden
representar el delito de fraude o actos de corrupción pública. Envie
un correo electrónico a
informa@oig.pr.gov o
presente su queja a través de
www.oig.pr.gov/informa. También puede comunicarse con la línea
confidencial de la Oficina del Inspector General (OIG) al
787-679-7979. El denunciante está protegido por la ley contra
represalias por presentar una queja.