memorando especial

AVISOS IMPORTANTES:

CIERRE DE CONVOCATORIA EXTERNA 2024-01 AL: 15 DE JULIO DE 2024 12:00PM

CIERRE DE REGISTRO DE ELEGIBLES 2024-01 DEL 16 DE MAYO DE 2024

CIERRE REGISTRO ELEGIBLES 2023-01 - 14/SEPT/2023 - AL: 12/ABRIL/2024 12:00PM

CIERRE REGISTRO ELEGIBLES 2023-02 - 15/SEPT/2023 - AL: 12/ABRIL/2024 12:00PM

NUEVO HORARIO ORIENTACION PUBLICO PROCESOS CASP DESDE: 5/JULIO/2022
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------




Reciba
un cordial saludo de la gran familia que compone la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP).

La Comisión Apelativa del Servicio Público, creada en virtud del Plan de Reorganización Núm. 2-2010, es un organismo cuasi-judicial en la Rama Ejecutiva, especializado en asuntos obrero-patronales y del principio de mérito, en el que se atienden casos laborales, de administración de recursos humanos y de querellas, tanto para los empleados que negocian al amparo de la Ley Núm. 45-1998, según enmendada, conocida como la "Ley de Relaciones del Trabajo del Servicio Público"; como para los empleados públicos cubiertos por la Ley Núm. 8-2017, según enmendada, conocida como la "Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico"; y los empleados municipales cubiertos por la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico". Además, la CASP atiende aquellos casos al amparo de la Ley Núm. 333-2004, según enmendada, conocida como la "Carta de Derechos de los Empleados de una Organización Laboral", así como también las reclamaciones de empleados públicos sobre los que tiene jurisdicción según dispuesto en la Ley Núm. 7-2010, según enmendada, conocida como "Ley Especial Declarando Estado de Emergencia Fiscal y Estableciendo Plan Integral de Estabilización Fiscal para Salvar el Crédito de Puerto Rico"; la Ley Núm. 66-2014, según enmendada, conocida como la "Ley Especial de Sostenibilidad Fiscal y Operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", y la Ley Núm. 3-2017, según enmendada, conocida como la "Ley para Atender la Crisis Económica, Fiscal y Presupuestaria para Garantizar el Funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico", entre otras.

De tener alguna duda o comentario sobre este proceso puede comunicarse con nosotros a la siguiente dirección electrónica: casp@casp.pr.gov.

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Oficina del Inspector General de Puerto Rico

Cualquier ciudadano puede informar sobre irregularidades en el uso de fondos públicos o que pueden representar el delito de fraude o actos de corrupción pública. Envie  un correo electrónico a informa@oig.pr.gov o presente su queja a través de www.oig.pr.gov/informa. También puede comunicarse con la línea confidencial de la Oficina del Inspector General (OIG) al 787-679-7979. El denunciante está protegido por la ley contra represalias por presentar una queja.