Importante: No portación de armas y otras medidas de seguridad
La Ley 46-2008, Ley de Seguridad para los Edificios Públicos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establece los procedimientos para la entrada de personas a toda estructura pública del Gobierno y dispone de las medidas mínimas de seguridad que deberán observarse.
En virtud de ella en la CASP se adoptan las siguientes medidas de seguridad:
-
No se permitirá la portación de armas de ningún tipo, a ninguna persona que visite la CASP. Se exceptúa de esta prohibición a los agentes del orden público debidamente identificados, que se encuentran ejerciendo sus funciones oficiales. No se considerará que está ejerciendo funciones oficiales cuando el agente del orden público haya sido citado por la CASP para una vista, entrevista o para tomarle una declaración jurada relacionada a un caso o investigación en proceso ante el foro.
-
No se permitirá la entrada de objetos contundentes, ni punzantes que puedan ser utilizados como armas para agredir a terceros. Se exceptúan de esta disposición bastones, muletas, andadores u otro instrumento que sea utilizado por personas mayores de edad o con impedimentos.
-
No se permitirá la entrada de animales, excepto aquellos que estén debidamente entrenados para servir de guía a las personas no videntes, audio impedidos o que tengan algún impedimento que requiera su utilización, así como aquellos que estén entrenados para asuntos de seguridad, acompañados de un agente del orden público.
-
No se permitirá la entrada de materiales explosivos o sustancias peligrosas.
-
No se permitirá la entrada de personas encapuchadas, enmascaradas, disfrazadas o que de otra forma tenga el rostro tapado u oculto. Se exceptúan de esta disposición a los agentes encubiertos y/o confidentes de las agencias de ley y orden a quienes se les requiera proteger la identidad.
El incumplimiento con estas prohibiciones podrá tener como resultado la suspensión de la vista o entrevista para la cual fue citada la persona.
Convocatorias
Al momento la CASP no cuenta con convocatorias abiertas.
Para acceder al registro de convocatorias del Gobierno de Puerto Rico,
utilice el siguiente enlace:
Portal de Empleos del
Gobierno de Puerto Rico
Órdenes Administrativas
A continuación encontrará las Órdenes Administrativas y Memorandos pertinentes a la atención de sus casos en la CASP:
CASP OA-2025-1: Notificación electrónica de documentos emitidos por la CASP